Por Oscar Vigil
TORONTO. Esta nueva política pública temporal anunciada por el gobierno canadiense en el marco de las celebraciones del Día Internacional de la Mujer facilita el reasentamiento de hasta 100 personas (solicitante principal más su familia) que se identifican como mujeres, que son sobrevivientes de VSG, y que han huido de su país de origen y actualmente residen en México, junto con sus familiares, como miembros de la Convención sobre Refugiados Clase Extranjero o Clase País de Asilo.
En el anuncio hecho público, el Ministerio de Inmigración, Refugiados y Ciudadanía de Canadá (IRCC) dice que la firma de abogados Reed Smith LLP será la responsable de identificar a los solicitantes principales y sus familiares; emitir una carta de remisión indicando que los solicitantes cumplen con las condiciones de la política pública; y de garantizar que los solicitantes principales y sus familiares tengan acceso a asesoramiento y apoyo psicosocial específico en Canadá.
Ya una vez en Canadá, la organización Centro Canadiense para Víctimas de la Tortura (CCVT), actuará como Titular del Acuerdo de Patrocinio y brindará a los solicitantes principales y a sus familiares elegibles cuidado, alojamiento, asistencia para el asentamiento y apoyo financiero durante dos años. Adicionalmente proporcionará representantes en la comunidad de asentamiento esperada (es decir, en la comunidad donde vivirán los solicitantes principales y sus familiares elegibles).
Esta política pública estará vigente por un período de tres años, tiempo durante el cual las solicitudes se presentarán según el plan de presentación establecido en el Memorando de Entendimiento firmado por el gobierno con Reed Smith LLP y con CCVT, que incluirá la cantidad de solicitudes que pueden presentarse por año.
En las razones para implementar este programa, el IRCC dice que durante la última década un número cada vez mayor de refugiados han huido de países de América en busca de protección contra la violencia, los abusos, la guerra, la inestabilidad política y otras amenazas a sus vidas. Habiendo huido de sus países, muchos refugiados no pueden encontrar seguridad en los estados vecinos, ya que el alcance de los perpetradores se extiende más allá de las fronteras y se extiende por regiones enteras.
“La difícil situación de las mujeres solicitantes de asilo en Centroamérica ha sido bien documentada por grupos de derechos humanos, así como por informes de varios estados y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Las mujeres refugiadas que se dirigen a México, a través de países centroamericanos y a lo largo de las fronteras son objeto de secuestro, asesinato y violencia sexual y de género (VSG) por parte de traficantes, cárteles y autoridades locales. Las mujeres negras, indígenas y LGBTQI+ son un objetivo especial y corren un mayor riesgo mientras viajan hacia y a través de México”.
Agrega que con acceso limitado a refugio seguro, alimentos y una forma de sobrevivir, las mujeres refugiadas suelen sufrir violencia varias veces en su viaje migratorio. En México y los países de tránsito de la región, los incidentes de violación y agresión sexual son generalizados. Según ACNUR, las mujeres en la región del Norte de Centroamérica (Guatemala, Honduras y El Salvador) corren un mayor riesgo de feminicidio que en cualquier otra región del mundo.
Así, el Gobierno de Canadá reconoce la necesidad de un enfoque regional para abordar la migración forzada en América Latina y el Caribe, incluido el aumento de la protección de los grupos vulnerables, como las mujeres y las niñas, en la región, brindándoles vías migratorias seguras y regulares, por lo que esta política pública brindará un camino hacia la protección y el apoyo a los refugiados sobrevivientes de VSG que han huido de su país de origen y actualmente residen en México.
Para poder aplicar a este programa, una ciudadana extranjera que sea solicitante principal debe cumplir con las siguientes condiciones:
Ha solicitado la residencia permanente como miembro de la Clase de Convenio para Refugiados en el Extranjero o de la Clase País de Asilo (Convention Refugee Abroad class or the Country of Asylum class); se encuentra fuera de su país de nacionalidad y reside en México al momento de recibir su solicitud bajo esta política pública y al momento de la emisión de la visa; es una sobreviviente de VSG; tiene una carta de remisión firmada por Reed Smith LLP indicando que han determinado, de acuerdo con la subsección 25.2(4) de la Ley, que la solicitante principal y sus familiares son elegibles bajo esta política pública ya que en su opinión cumplen con las condiciones ( requisitos de elegibilidad) de esta política pública. La evaluación final relativa a la elegibilidad de dicha extranjera bajo esta política pública temporal será realizada por un funcionario delegado; CCVT ha presentado una solicitud de patrocinio de conformidad con el párrafo 153 (1) (b) del Reglamento para que la solicitante y todos los miembros elegibles de la familia incluidos en su solicitud de protección, proporcionen los apoyos necesarios después de la llegada durante un período de dos años después de la llegada a Canadá; y debe estar vigente un Memorando de Entendimiento entre Reed Smith LLP, CCVT y el Departamento de Inmigración de Canadá.